Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales de 2016

El recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles bajará del 150% al 100%

El documento ha contado con los votos a favor del equipo de gobierno (EAJ-PNV y PSE-EE), mientras EH Bildu e Irabazi Zarautz han votado en contra

Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales de 2016

Fuente: Diario Vasco

El Ayuntamiento de Zarautz acaba de dar la aprobación definitiva a las Ordenanzas Fiscales del año que viene. En el pleno extraordinario para dar luz verde al documento contó con los votos a favor del equipo de gobierno (EAJ-PNV y PSE-EE), mientras EH Bildu e Irabazi votaron en contra. La novedad principal se producirá en el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Así, el recargo se bajará del 150% al 100% y tal y como explica el edil de Hacienda, Jesus Arana (EAJ-PNV) «sólo se aplicará a las viviendas que realmente estén vacías». En este sentido, se tendrá en cuenta el consumo de energía a la hora de aplicar el recargo, quedando libres del recargo las viviviendas con un consumo mínimo de 554 kilovatios hora o en el caso del gas, de 975 kilovatios, lo que equivale aproximadamente al consumo de dos meses en una vivienda. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de las facturas con consumos eléctricos o de gas del año anterior.

Numerosas exenciones

El nuevo equipo de gobierno ha decidido establecer numerosas exenciones en el recargo. Así, no se aplicará a los que gocen de alguna bonificación tributaria en el impuesto. Tampoco pagarán más los propietarios que tengan registrados sus pisos como actividades económicas o las viviendas que estén arrendadas (únicamente alquiladas, no se incluyen las cesiones de uso) más de 9 meses en el año anterior al pago. Se deberá presentar la siguiente documentación: solicitud de aplicación de la exención; contrato de alquiler en vigor debidamente fechado y firmado (en dicho contrato deberá constar que el inmueble tendrá como destino o uso el de vivienda) y los justificantes bancarios de cobro de las rentas. Se dará conocimiento de dichos contratos de alquiler a la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Las viviendas cuya titularidad corresponda a personas empadronadas en residencias de la tercera edad o en centros de inclusión social tampoco deberán pagar el recargo. Esta exención se aplicará únicamente a la vivienda que, con carácter previo al ingreso en la residencia, tuviera la condición de domicilio habitual del residente. Con las viviendas que formen parte de una herencia ocurrirá lo mismo, quedando exentas del pago durante el período de dos años desde el fallecimiento de su titular. Asimismo, las viviendas adquiridas en noviembre o diciembre del año 2015, que a 1 de enero no figure nadie empadronado, pero que el trámite de empadronamiento se ha realizado en el primer trimestre del año 2016, no se les aplicará el recargo, ni tampoco a las que estén en situación legal de ruina.

Por su parte, en el caso de los pisos que formen dos fincas registrales independientes en el catastro urbano pero que son utilizadas como una vivienda única tampoco se deberá abonar más. El informe de valoración de dicha circunstancia se realizará por los servicios técnicos municipales competentes. Las viviendas ubicadas tanto en suelo no urbanizable como en suelo urbanizable y las ubicadas en edificios calificados urbanísticamente como fuera de ordenación tampoco se les aplicará el recargo. Tal y como señala Arana, a través de este recargo el Ayuntamiento prevé recaudar en torno a 100.000 euros el próximo año y los destinará, a través de una transferencia, a la entidad pública Zarautz-Lur para la promoción de viviendas de alquiler. «En años anteriores este recargo ha sido muy injusto y además, ni un euro de todo el dinero recaudado se ha utilizado para la promoción de vivienda. Nosotros cambiaremos esa política de vivienda», adelanta el edil de Hacienda.

Familias numerosas

El equipo de gobierno ha acordado ofrecer bonificaciones a las familias numerosas en el recargo del IBI. Para ello se tendrá en cuenta el número de hijos e hijas y los ingresos de cada familia. Asimismo, el valor catastral de la vivienda no podrá rebasar los 180.000 euros. La bonificación podrá ser de hasta el 90% de la cuota.

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